La nueva tasa de basuras, exigida por la Ley 7/2022, obligará a los municipios a repercutir directamente a la ciudadanía el coste real del tratamiento de residuos. Un cambio fiscal con importantes implicaciones económicas para hogares y empresas.
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Mucho se ha estado hablando estos últimos meses del cambio climático, la sequía que afecta a España, la necesidad de una transición energética, …
Pero, aprovechando la próxima liquidación de impuestos: ¿que deducciones pueden aplicar empresas y particulares vinculadas al ahorro energético?
¿Sabías que las empresas en Cataluña podrían enfrentarse a un nuevo impuesto sobre actividades económicas que generan gases de efecto invernadero? La propuesta busca gravar las emisiones producidas por las empresas en su actividad económica, con cuotas iniciales de 10€ por tonelada métrica de CO2 emitida, aumentando gradualmente hasta 30€ en 2025. Sin embargo, esta medida ha generado preocupaciones sobre la posible sobreimposición y pérdida de competitividad de las empresas en Cataluña. Descubre los detalles y el impacto de este nuevo impuesto en nuestra última noticia.
Los principales afectados por la normativa serán los fabricantes de envases (los agentes económicos dedicados tanto a la fabricación de envases como a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea, de envases vacíos ya fabricados); los envasadores de producto (los agentes económicos dedicados al envasado de productos para su puesta en el mercado); y las empresas recicladoras.
Se presenta a trámite de audiencia e información pública la Orden que establecerá las bases reguladoras de convocatorias al Programa de Incentivos para instalaciones de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, y también la Resolución de la primera convocatoria.
Entre las novedades más destacadas, en los edificios y locales destinados a los usos administrativo, comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares), y en los de uso cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares), de espectáculos públicos y actividades recreativas, de restauración (bares, restaurantes y cafeterías) y de transporte de personas (estaciones y aeropuertos), la temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 19 º C., y la temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27 º C. Estas limitaciones, que entraron en vigor el día 9 de agosto y tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023, se aplicarán, exclusivamente, durante el uso, explotación y mantenimiento de las instalaciones térmicas de los edificios y locales, con independencia de las condiciones interiores de diseño.
La Generalitat de Catalunya ha iniciado los trámites que pueden llevar a una masiva desclasificación urbanística de suelos en el litoral catalán (como la que afectó a la Costa Brava): momento para que los propietarios se opongan.
Alimentación, Banca, Biotecnología, Capital Riesgo, Derecho Laboral, Distribución Comercial, Empresa Familiar, Energético, Gestión Empresarial, Ingeniería, Medio Ambiente, Nuevas Tecnologías, Propiedad Industrial, Propiedad Intelectual, Protección de datos, Real Estate, Seguros, Servicios Públicos, Transporte, Turismo y Ocio, Urbanismo
Criterios para asignación de ayudas directas a autónomos y empresas por la COVID-19
Hasta el 31 de diciembre de 2021 podrá solicitar ayudas directas para su negocio. ¿Tiene derecho a ellas? ¿Qué requisitos debe cumplir? ¿Cuánto dinero le va a entregar? ¿Puede solicitarlas en todas las Comunidades autónomas en las que opere? ¿Y si pertenece a un grupo de sociedades o a una comunidad de bienes?
Aeronáutico, Alimentación, Banca, Biotecnología, Capital Riesgo, Derecho Laboral, Empresa Familiar, Energético, Fundaciones y Entidades no lucrativas, Gestión Empresarial, Medio Ambiente, Nuevas Tecnologías, Propiedad Industrial, Seguros, Transporte, Turismo y Ocio, Urbanismo
Nueva herramienta de igualdad retributiva «IR!»
La nueva Herramienta española para la igualdad retributiva («IR!»), incorpora un modelo voluntario de registro retributivo que permite a las empresas cumplir con la obligación de acuerdo con las exigencias previstas en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres y en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.