Nuevas medidas fiscales para el 2023

Nuevas medidas fiscales

Tras la reunión del Consejo de Ministros celebrada ayer 29 de septiembre de 2022, se ha comunicado el acuerdo de adopción de diferentes medidas fiscales siendo las principales y a modo de resumen las que se exponen a continuación:

  1. IRPF: 

De un lado, se incrementa el tipo impositivo sobre las rentas de capital superiores a 200.000 euros en un punto, alcanzando un tipo 27%. Para las superiores a 300.000 euros, se aumenta en 2 puntos, hasta el 28%.

Por otro lado, se incrementa la reducción por rendimientos de trabajo, ampliando el beneficio fiscal a rentas brutas de hasta 21.000 euros, frente al límite de los 18.000 euros anteriores.

Asimismo, el mínimo de tributación sube de los 14.000 a los 15.000 euros.

En lo que se refiere a las medidas tomadas en el ámbito de los autónomos, se propone una rebaja adicional del 5% en el rendimiento neto de los módulos, así como una prórroga de los límites de facturación que permiten la tributación por módulos en 2023.

También se eleva del 5 al 7% la reducción en autónomos por gastos deducibles de difícil justificación si tributación se produce en régimen de estimación directa simplificada.

  1. IS:

Se anuncia una rebaja del tipo nominal del IS del 25 al 23% para empresas con una cifra de negocio inferior al millón de euros.

Por otro lado, se va a impulsar un cambio normativo que limite temporalmente (en principio está previsto sólo para el 2023) en un 50% la posibilidad de compensar las pérdidas de las filiales en los grupos consolidados.

  1. Impuesto para patrimonios superiores a los 3 millones de euros:

Como principal novedad, se anuncia la creación de un nuevo impuesto para grandes fortunas, que gravará la riqueza neta superior a los tres millones de euros. Este impuesto será de carácter temporal, para los ejercicios de 2023 y 2024. El gravamen se ajustará a los siguientes parámetros:

 

Entre 3 y 5 millones de euros

1,7%

Entre 5 y siete millones de euros

2,1%

Más de 10 millones de euros

3,5%

 

La cuota abonada por el impuesto de patrimonio en las comunidades autónomas será deducible en el nuevo impuesto, evitando así la doble imposición.