La crisis energética ha forzado una respuesta fiscal por parte del Gobierno con medidas que afectan desde el IRPF hasta el IVA, pasando por el Impuesto sobre Sociedades, los impuestos especiales, la fiscalidad local (IAE, IBI, ICIO) y el régimen de tasas, que buscan contener costes y orientar decisiones económicas.
En el BOE del 21/03/2026 se publica el RDL 7/2026, que refuerza el escudo social, limita despidos con ayudas y adelanta planes de movilidad en respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
El Real Decreto-ley 8/2026 introduce medidas excepcionales en el ámbito del alquiler que afectan directamente a contratos en vigor, actualizaciones de renta y derechos de arrendadores y arrendatarios, en un contexto de fuerte presión sobre los costes energéticos como consecuencia de la guerra de Irán.
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de las empresas que pagaron el IAE en 2020, pese a haber estado obligadas a cerrar durante la pandemia, a solicitar la devolución proporcional del impuesto. La sentencia 57/2026 considera que esos cierres forzosos impidieron la realización del hecho imponible. Lo más relevante es que permite reclamar incluso cuando el ejercicio esté prescrito. Una resolución que puede afectar a miles de compañías en toda España.
En las próximas semanas el Tribunal Constitucional podría pronunciarse sobre la posible inconstitucionalidad del Impuesto sobre el Patrimonio tras su conversión en un tributo permanente desde 2021. Esta circunstancia abre la puerta a solicitar la devolución íntegra de lo abonado en los ejercicios 2021 a 2024, pero únicamente para quienes hayan impugnado previamente el impuesto ante su Comunidad Autónoma. Por ello, este es un momento clave para actuar y preservar el derecho a recuperar las cantidades pagadas, junto con los intereses correspondientes.
Ante la ausencia de una Ley de Presupuestos para 2026, diversas modificaciones fiscales relevantes se han introducido mediante normas con rango de Real Decreto-ley y a través de recientes criterios administrativos y jurisprudenciales. Estas medidas afectan, entre otros ámbitos, al IRPF, al Impuesto sobre Sociedades, al IVA y a nuevas obligaciones en materia de criptoactivos. Analizamos a continuación las principales novedades que tendrán impacto directo en las obligaciones fiscales del ejercicio 2026.
La reciente Ley 12/2025, de 29 de diciembre, modifica: la normativa catalana de equipamientos comerciales, flexibilizando el régimen de localización de los establecimientos comerciales; y la Ley de Comercio, Servicios y Ferias catalana, adaptándola a las transformaciones que han afectado a la ordenación de la actividad comercial en los últimos años.
La implantación del sistema VERI*FACTU ha sido objeto de una nueva prórroga, aplazándose su entrada en vigor hasta 2027 mediante el Real Decreto-ley 15/2025. Esta modificación ha tenido efectos directos sobre determinados contribuyentes que habían optado anticipadamente por el SII-IVA o el régimen REDEME. Para corregir esta situación, el Real Decreto-ley 16/2025 establece un plazo extraordinario para renunciar al SII o solicitar la baja en REDEME. Analizamos a continuación el alcance de estas novedades y los nuevos plazos aplicables.
Novedades importantes en materia de regulación de Comercio en Cataluña: se acaba de aprobar una modificación (i) de la normativa catalana de Equipamientos Comerciales, que pretende flexibilizar el régimen de localización de los establecimientos comerciales; y (ii) de la Ley de Comercio, Servicios y Ferias catalana, que pretende adaptarse a las transformaciones económicas, sociales, ambientales y digitales de los últimos años que han afectado a la ordenación de la actividad comercial.
La nueva Consulta Vinculante V1621-25 de la DGT supone un giro relevante en la tributación por IVA de inmuebles destinados a vivienda sin cédula de habitabilidad. Asumiendo la doctrina del Tribunal Supremo, la Administración deja de exigir este documento como requisito imprescindible para aplicar el tipo reducido del 10 %, priorizando la aptitud objetiva del inmueble como vivienda. Este cambio flexibiliza el criterio tradicional, reduce el formalismo y aporta mayor seguridad jurídica a las operaciones inmobiliarias.










