Archivos del Autor: Jordi Bravo i Rius

El Tribunal Supremo cambia la doctrina sobre el plazo para reclamar por error judicial

El Tribunal Supremo, en su Sentencia 894/2025 de 1 de julio, ha modificado la doctrina sobre el cómputo del plazo para reclamar por error judicial. A partir de ahora, el mes de agosto no se excluye del plazo de tres meses previsto en el art. 293.1 LOPJ, al considerarse de naturaleza sustantiva y no procesal. Esta interpretación refuerza el carácter rígido e improrrogable del plazo, lo que obliga a extremar la precisión en el cálculo de fechas para evitar la caducidad de la acción.