Las recientes sentencias del Tribunal Supremo suponen un antes y un después en la interpretación de la actividad económica en el arrendamiento de inmuebles. El Alto Tribunal confirma que basta con cumplir los requisitos objetivos de local afecto y trabajador a jornada completa para aplicar los beneficios fiscales de empresa familiar. Además, reconoce que un comunero puede ser, a su vez, trabajador por cuenta ajena si concurren las notas laborales. Esta doctrina refuerza la seguridad jurídica y garantiza la continuidad de las empresas familiares en materia sucesoria y patrimonial.
Archivos del Autor: Víctor Alonso Romero
La inminente implantación del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF) y del modelo VERI*FACTU transformará por completo la forma en que empresas y profesionales emiten, registran y conservan sus facturas. La normativa introduce nuevas obligaciones técnicas, controles de integridad, códigos QR obligatorios y requisitos de trazabilidad que afectarán a la mayoría de negocios a partir de 2026.
En esta circular resolvemos, en formato de preguntas y respuestas, las principales dudas que está aclarando la Administración Tributaria para facilitar una transición segura y conforme a la ley.
La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de los contribuyentes extracomunitarios a tributar por sus rentas netas en los arrendamientos de inmuebles situados en España. Con esta sentencia (28 de julio de 2025, rec. 636/2021), se elimina la discriminación que impedía deducir gastos a los residentes en terceros países, equiparándolos con los contribuyentes de la UE y el EEE. Aunque no es firme, la resolución abre la puerta a solicitar devoluciones de los últimos cuatro años y plantea un nuevo escenario fiscal para los arrendadores extracomunitarios.



