Habilitado el sistema público de verificación del Verifactu

Desde el pasado miércoles, 23 de abril, las sociedades y profesionales autónomos que emitan facturas a otras empresas, ya pueden utilizar los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) adaptados a las nuevas obligaciones en materia de facturación electrónica que entrarán en vigor obligatoriamente el 1 de enero de 2026 para las sociedades inscritas en el Registro Mercantil, mientras que las personas físicas podrán acogerse hasta el 1 de julio de 2026. Por su parte, los fabricantes de programas de facturación ya deberán ofrecer sus productos adaptados a partir de septiembre, nueve meses después de la publicación de la orden.

Hacienda se adelanta así a la fecha límite en la que tanto los fabricantes de software de facturación como las empresas y profesionales deberán cumplir de forma obligatoria con las nuevas exigencias, entre las que destaca la remisión inmediata de sus registros o la inclusión en los documentos de un código QR para verificar su autenticidad.

Desde este momento, por tanto, ya se pueden enviar los registros a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, y también se permitirá a los empresarios y sus representantes el acceso a los registros remitidos y recibidos por parte de los proveedores.

A pesar de que la obligatoriedad de cumplir las nuevas exigencias en materia de facturación electrónica no entrará en vigor para las empresas y los profesionales hasta el próximo año, la realidad es que la Ley Antifraude ya se encuentra en vigor, y lo que había quedado aplazado en el tiempo era sólo la obligación de los empresarios de tener adaptados los sistemas informáticos.

La habilitación, por parte de la AEAT, del sistema podrá suponer, según fuentes de la Administración varias ventajas para las sociedades y los autónomos que se adapten de forma temprana. En primer lugar, permitirá una entrada suave en el nuevo sistema, pudiendo corregir posibles errores antes de que estos sean motivo de sanción. Por otra parte, estos sistemas ya son completamente válidos para el cumplimiento de las obligaciones ordinarias de facturación y para su utilización en la confección de registros contables.

Desde Manubens ya hemos emitido diversas circulares al respecto, pero recordemos que el sistema Verifactu –diferente a la facturación electrónica obligatoria recogido en la Ley Crea y Crece, y cuya entrada en vigor se retrasará probablemente hasta 2027– se encuentra regulado dentro de la Ley Antifraude impulsada por el Gobierno en 2021, y su objetivo es aumentar el control sobre el fraude fiscal en las empresas.

Entre sus principales objetivos se encuentra la eliminación de los software de doble uso, es decir, aquellos que permiten llevar una contabilidad oculta. A partir del próximo año, las empresas que cuenten con uno de estos programas podrían ser sancionados con hasta 50.000 euros.

Desde la entrada en vigor, y entre otras obligaciones, las facturas deberán contar con un código QR, mediante el que tanto sus clientes como la propia Agencia Tributaria podrán comprobar los datos de la misma, así como un certificado expedido por la AEAT.