Con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022, la aportación máxima anual a realizar a planes de pensiones individuales pasó de ser 2.000 euros a 1.500 euros. Pero en esta misma norma se introduce una nueva posibilidad para aplicar este incentivo fiscal que permite reducir nuestra base imponible. A continuación se lo explicamos…
Nuevo año y por tanto nuevo ejercicio fiscal. Y a la espera de futuras novedades (cambios en la fiscalidad inmobiliaria, en el fomento fiscal de empresas emergentes, ayudas tributarias para la digitalización, …) ya podemos destacar las siguientes reformas producidas en fechas recientes, y que consideramos como las más relevantes a tener en cuenta para poder tomar las decisiones económicas pertinentes este 2022 ya iniciado
Como consecuencia de la COVID-19, se aprobó la equiparación de la situación de incapacidad temporal (IT) por aislamiento o contagio de los trabajadores a una situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, exclusivamente a efectos de la prestación económica.
El Consejo de Ministros del día 28 de diciembre ha aprobado el Real Decreto-Ley que recoge el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME para reformar estructuralmente el mercado laboral. Entre otras novedades, destacan que los convenios colectivos recuperan la ultraactividad indefinida; el convenio de empresa deja de ser prevalente en materia salarial; desaparece el contrato por obra o servicio; la contratación temporal podrá justificarse por circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora; se opera un cambio de modelo respecto al contrato formativo que tendrá dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional. Las empresas tendrán entre tres y seis meses para adaptar a la nueva norma los contratos temporales vigentes.
Best Lawyers distingue anualmente a los abogados que, según la organización, merecen reconocimiento público mundial por su trabajo y dedicación. En la edición de este próximo año 2022 Manubens ha ampliado el número de abogados distinguidos con dicho reconocimiento.
La socia del Área de Derecho Público, Eva Pich, y el abogado de derecho del comercio, Carlos Fábrega, se han ocupado de impartir las sesiones de formación legal en los cursos de “Gestión y Dirección de Mercados de Venta no sedentaria”, organizados por la Diputación de Barcelona durante el mes de octubre. Estos cursos estaban dirigidos a los responsables técnicos de los Ayuntamientos de la provincia de Barcelona, encargados de la organización y gestión de los mercados ambulantes y otras modalidades de la venta no sedentaria.
Como ya se ha ido informando en circulares anteriores, la Generalitat de Cataluña abrió una primera inscripción para las ayudas financiadas por el Gobierno de España mediante el Real decreto ley 5/2021, por medio de la Orden ECO/127/2021, de 14 de junio, que no obstante estaba limitada a determinados sectores, y el plazo de la cual ya finalizó.
Ahora, se ha abierto también una tercera convocatoria a través de la ORDEN ECO/209/2021, de 9 de noviembre, y que incorpora las siguientes modificaciones:
En el BOE del día 9 de noviembre, y con efectos desde el 10 de noviembre de 2021, se ha publicado el Real Decreto-ley 26/2021 por el cual se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. La norma no tiene efectos retroactivos, por lo que el impuesto no parece que se pueda exigir a hechos imponibles devengados desde el 26 de octubre hasta el 9 de noviembre de 2021. Para calcular la base imponible se aplicará sobre el valor catastral del terreno unos coeficientes que se actualizarán cada año. No obstante, si la plusvalía real del terreno es menor se utilizará esta última como base. Además, no se tendrá que pagar el Impuesto si en la transmisión se produce una pérdida.
El pasado Consejo de Ministros del día 26 de octubre aprobó el Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, que se tramitará por el procedimiento de urgencia para que pueda ser aplicado en el menor plazo posible.
El texto incluye medidas de diversa índole cuyos objetivos esenciales según plantean sus propios redactores son, teóricamente, mejorar y facilitar el acceso a la vivienda.
Es posible que recientemente su sociedad y también las personas físicas profesionales o empresarias hayan recibido un aviso de la Agencia Tributaria conforme próximamente se va a producir un cambio en la Dirección Electrónica Habilitada que comportará que se dejen de recibir las notificaciones en el buzón actual y que pasen a ser recibidas en otro distinto.
A efectos prácticos: ¿Esto qué supone? y ¿Qué se debe de hacer, si es que se ha de hacer alguna cosa?









